Madrid, 15 nov (EFE).-
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-Ley de protección de los deudores hipotecarios que establece un mandato al Gobierno para crear un "fondo social de viviendas", que se destinarán al alquiler para personas desahuciadas, y una paralización de los desahucios durante dos años.
Podrán acogerse a la suspensión de una ejecución hipotecaria los colectivos sociales desfavorecidos que tengan unos niveles de renta determinados.
Así, la medida beneficiará a familias numerosas, monoparentales con hijos, con menores de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33 por ciento o en situación de dependencia o enfermedad que impida trabajar, o que hayan sufrido violencia de género.
También podrán beneficiarse deudores en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo, y los casos en los que convivan con el deudor personas con discapacidad, dependencia, o enfermedad grave.
Adicionalmente, será necesario tener una renta inferior a tres veces el IPREM -1.597 euros mensuales, es decir, 19.200 euros anuales- o que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas.
Se entenderá por esto último cuando el peso de la cuota hipotecaria sobre los ingresos aumente en un 50 % en los últimos cuatro años, o que la cuota hipotecaria supere el 50 por ciento de los ingresos netos. En todos los casos, la vivienda hipotecada tiene que ser la residencia habitual.
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