De acuerdo con la autoridad laboral, las actividades que realicen los menores de edad deben excluir de la operación cualquier tipo de equipo o maquinaria peligrosa, la exposición a químicos, o a temperaturas elevadas o abatidas, las posturas forzadas, entre otros.
Para más información del tema, visita: https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/NOM-038-Menores-solo-podran-realizar-labores-administrativas-en-el-sector-agricola-20240815-0093.html
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