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El tribunal de Estrasburgo se ha pronunciado, pero es a España a quien le toca interpretar la sentencia y como van a escuchar, aquí no hay ánimo ni de indemnizar ni mucho menos de dejar en libertad a la etarra Inés del Río. El ministro entiende que la sentencias del TEDH no son vinculantes y en cualquier caso recurribles. Pero esa visión tan optimista no la comparte el titular de Justicia. Lo cierto es que Estrasburgo no deja dudas. Recuerda que no se puede aplicar el derecho con efecto retroactivo. Es decir, echa abajo la doctrina Parot, creada en 2006 para evitar que los condenados bajo el Código Penal de 1973 disfrutaran de beneficios penitenciarios que rebajaban ostensiblemente sus condenas.